Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140722-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MURCIA NÚMERO 3

218
Procedimiento ordinario 69 de 2012

EDICTO

Doña María del Carmen Ortiz Garrido, secretaria judicial del Servicio de Común del Ordenación de Procedimiento Social (Juzgado de lo social número 3) de Murcia.

Hago saber: que en el procedimiento ordinario 69 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Mercedes Marín Méndez y don José María Egea Gómez, contra la empresa “Efectivox, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial doña María del Carmen Ortiz Garrido.—En Murcia, a 1 de julio de 2014.

Presentado el anterior escrito por la actora junto con el desglose de las cantidades reclamadas únase a los autos de su razón.

Asimismo el exhorto negativo para citar a la empresa cumplimentado por el Juzgado correspondiente de Leganés; y a la vista de su contenido y de que indica que la demandada, se trasladó al polígono industrial la “Dehesa de Vicálvaro” en Madrid, sin que consten más datos para su localización así como sin que estos puedan obtenerse de distintas averiguaciones a las que constan realizadas en autos, requiérase a actora para que aporte domicilio completo a efectos de ser citada a juicio; a prevención publíquese edicto en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y Murcia y cítese a las partes para celebrar nuevo juicio para el próximo día 17 de marzo 2015 a las diez y cincuenta horas, para la conciliación previa en la Sala de vistas número 1 y, en su, caso, a las once horas para la celebración del juicio en la Sala de vistas número 3, con los mismos apercibimientos y advertencias, que en la citación inicial; incluyendo en dichos edictos mención a que consta en autos decreto de 3 de junio de 2014, de desistimiendo parcial respecto de los actores doña María Contreras Sánchez y don Marcos Antonio Soriano Rubio.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efectos serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Efectivox, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Murcia, a 1 de julio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.273/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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