Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140719-22

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

22
Procedimiento ordinario 794 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 794 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Badiur Zzaman, frente a don Masud Karim, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por don Badiur Zzaman, contra don Masud Karim, habiendo sido parte el Fondo de Garantía Salarial, y condeno al demandado a abonar al actor la suma de 1.944,42 euros brutos, más el interés de mora del 10 por 100 sobre dicha cantidad.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha por la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María del Carmen Rodrigo Saiz que la suscribe, en la Sala de audiencias de este Juzgado.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se remite por medio de correo certificado con acuse de recibo un sobre conteniendo una copia de la sentencia dirigida a cada una de las partes, advirtiéndoles de que contra la misma pueden interponer el recurso señalando anteriormente; notificándose, en su caso, por medio de edictos, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículos 56 y 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Masud Karim, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.751/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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