Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140715-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

117
Ejecución 171 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 171 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás González Cabrera, frente a don Pedro González Villanueva y “Construnor Estructuras, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de insolvencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 18.208,32 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total del ejecutado don Pedro González Villanueva, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Y una vez firme, previa petición de parte, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Con el fin de acelerar su tramitación se podrán aportar copia de todos aquellos documentos que hayan de ser testimoniados.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2521/0000/64/0171/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Pedro González Villanueva, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.257/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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