Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140715-111

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

111
Ejecución 245 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 245 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Sánchez Sánchez, frente a “Artes Gráficas Montesa, Sociedad Limitada”, y “Samlet Digital, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se alzan los embargos acordados en la presente ejecución, cancelándose las medidas de garantía adoptadas. Practíquense telemáticamente a través del Punto Neutro Judicial y líbrese los correspondientes oficios.

Habiéndose constatado un error aritmético en la diligencia de ordenación de fecha 28 de mayo de 2014, habida cuenta se puso a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 4.047,45 euros, cuando en realidad se debió poner a su disposición la cantidad de 3.604,91 euros, se deja sin efecto dicha puesta a disposición acordada por la citada resolución. En su lugar, se acuerda poner a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 3.604,91 euros en concepto de resto de principal, una vez firme la presente resolución, mediante transferencia bancaria.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Samlet Digital, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de junio de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.253/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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