Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 166

Fecha del Boletín 
15-07-2014

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140715-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1

79
Juicio de faltas 324 de 2013

EDICTO

Don José Juan Montejo Aguilera, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 324 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 143 de 2013

En Navalcarnero, a 6 de agosto de 2013.—Vistos por mí, doña María Victoria Muñoz González, los presentes autos de juicio de faltas número 324 de 2013, seguidos por una presunta falta de hurto, en los que figura como denunciante doña Andrea Amira Salomón Bermúdez y como denunciados don Naofal El Joummi y don Abdelahk Achouba, así como el ministerio fiscal.

Fallo

Debo condenar y condeno a don Naofal El Joummi y a don Abdelahk Achouba, como autores responsables de una falta de hurto, a la pena de multa de treinta días, con una cuota diaria de 5 euros, lo que suma 150 euros cada uno. En caso de impago, los condenados cumplirán un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, en régimen de localización permanente.

Debo condenar condeno a don Naofal El Joummi y a don Abdelahk Achouba a abonar solidariamente el establecimiento a “Jack & Jones” la cantidad de 109,85 euros, así como al pago de las costas procesales.

Se acuerda el comiso definitivo del efecto intervenido.

El abono de la multa para su transferencia al Tesoro Público se efectuará en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto” con número de cuenta 2689/0000/76/0324/13.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Abdelahk Achouba, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 10 de junio de 2014.—El secretario (firmado).

(03/20.225/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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