Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140714-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

40
Ordenanza control posterior de actividades sujetas a declaración responsable

El Pleno de la Corporación Municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de mayo de 2014, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la ordenanza municipal sobre el control posterior de actividades sujetas a declaración responsable.

Segundo.—Someter el acuerdo a información pública y audiencia de los interesados para la presentación de reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas. De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de pronunciamiento expreso por el Pleno de la Corporación.

Se pone en general conocimiento que la ordenanza sobre el control posterior de actividades sujetas a declaración responsable inicialmente aprobada se encuentra expuesta al público en la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda (Servicio de Obras, Mantenimiento y Actividades) de este Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Durante dicho plazo podrá examinarse el expediente en horario de oficina (de nueve a trece horas de lunes a viernes), y presentar las reclamaciones y sugerencias que se estimen convenientes.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones o sugerencias durante el período de información pública, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivo.

Majadahonda, a 26 de junio de 2014.—El concejal-delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda, Pablo García González.

(03/20.865/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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