Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140714-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

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Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Requerimientos para inspección técnica de edificios

El director general de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda ha dictado en fechas diversas resoluciones individuales disponiendo el inicio de las actuaciones necesarias para requerir a los propietarios de edificios que, obligados a efectuar la Inspección técnica de edificios en los inmuebles de su propiedad, todavía no la hubieran realizado para que en el plazo de dos meses la llevaran a efecto, apercibiéndoles de que, si transcurrido el plazo citado no la hubieran efectuado, el incumplimiento de lo ordenado podría dar lugar a la imposición de hasta tres multas coercitivas por importe de 1.000, 2.000 y 3.000 euros respectivamente (o su importe actualizado conforme al IPC, en su caso), así como la realización de la inspección técnica del edificio mediante ejecución subsidiaria a costa del interesado, y, sin perjuicio de lo anterior, la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la comisión de una infracción leve tipificada en el artículo 204.4 de la Ley 9/2001.

Habiendo sido intentada, sin que se pudiera practicar, la notificación individualizada de requerimiento para efectuar la inspección técnica de edificios a los propietarios de los inmuebles y siendo necesario nota notificarles dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 13, de 14 de enero), se ha elaborado una relación de expedientes a cuyos señores/as propietarios/as y/o presidentes de las comunidades de propietarios no ha sido posible practicar la notificación para su conocimiento.

Esta relación se expondrá al público en el tablón de edictos de edictos electrónicos del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal (www.madrid.es), por un plazo de veinte días a partir del 21 de julio de 2014, a fin de que los afectados puedan formular cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de sus derechos. Los expedientes pueden ser examinados por las personas afectadas en el Departamento de Inspección Técnica de Edificios de la Dirección General de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid.

Madrid, a 18 de junio de 2014.—El subdirector general de Disciplina y Control de la Edificación, PA, Luciano Andrés Alegre.

(01/2.351/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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