Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140714-119

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

119
Procedimiento 941 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 941 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Rosa María Rivera Lebrón, frente a don José Manuel García Collado, “Componentes Telefónicos del Sur, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “In&Out Teleservices, Sociedad Limitada”, “Instalaciones Españolas de Redes 2001, Sociedad Limitada”, “Instalaciones Hispared, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, ministerio fiscal, “Sonistar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, y “Woldwide Digital Services, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Se tiene por ampliada la demanda contra don José Manuel García Collado, “Telestar Comunicaciones, Sociedad Limitada”, “Iristel A-6, Sociedad Limitada”, “Instalaciones Hispared, Sociedad Limitada”, “In&Out Teleservices, Sociedad Limitada”, “Instalaciones Españolas de Redes 2001, Sociedad Limitada”, “Componentes Telefónicos del Sur, Sociedad Limitada”, “Woldwide Digital Services, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, a las que con traslado de copia de la demanda se citará para el acto de la vista señalado para la audiencia del día 25 de febrero de 2015, a las once y diez horas, con advertencia de que habrán de concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse.

Notifíquese esta resolución a las partes, con traslado a todos los demandados de copia del escrito de ampliación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Iristel Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 18 de junio de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.011/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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