Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
14-07-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140714-55

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 76

55
Procedimiento 505 de 2012

EDICTO

Doña Susana Rebollo Alonso de Linaje, secretaria del Juzgado de primera instancia 76 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con el número de divorcio contencioso 505 de 2012, se siguen autos de divorcio, a instancias de doña Melany Jazmín Navas González, y en su nombre y representación la procuradora doña Beatriz Palacios González, contra don Jesús Israel Belinchón Pablos, declarado en rebeldía procesal, en cuyos autos se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 30 de mayo de 2014.—Vistos por mí, doña Ana Belén López Otero, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 76 de Madrid, los presentes autos de divorcio tramitados con el número 505 de 2012, en los que intervienen: como demandante, doña Melany Jazmín Navas González, representada por el procurador de los tribunales señor Palacios González y asistida por la letrada señora Bris García, y como demandado, don Jesús Israel Belinchón Pablos, en situación de rebeldía procesal, interviniendo asimismo el ministerio fiscal, ejerciendo las funciones que la Ley le asigna, en virtud de las siguientes consideraciones:

Dispongo: Estimar parcialmente la demanda presentada por doña Melany Jazmín Navas González y, en consecuencia, se declara la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído por doña Melany Jazmín Navas González y don Jesús Israel Belinchón Pablos, sin especial pronunciamiento en cuanto a costas, y con todas las consecuencias legales inherentes a tal declaración.

Firme que sea esta sentencia, en su caso, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación, para su posterior resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial, previo depósito de la suma de 50 euros.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación de sentencia al demandado rebelde don Jesús Israel Belinchón Pablos, en paradero desconocido, expido el presente en Madrid, a 12 de junio de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/20.065/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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