Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
03-07-2014

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140703-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

72
Procedimiento 224 de 2014

SALA DE LO SOCIAL

Sección Primera

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Carrasco Manzanares, secretaria judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Primera de la Sala de lo social).

Hago saber: Que en el procedimiento número 224 de 2014 de esta Sección de lo social, seguido a instancias de “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, frente a doña María Jesús Sáez García, “Prosegur España, Sociedad Limitada”, y “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre recurso de suplicación, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 456 de 2014

Ilustrísimos señores don Javier José París Marín, don Ignacio Moreno González-Aller y doña María José Hernández Vitoria.—En Madrid, a 23 de mayo de 2014.

Habiendo visto en recuso de suplicación los presentes autos la Sección Primera de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los ilustrísimos señores citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución española de fecha 27 de diciembre de 1978, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que le confiere el pueblo español ha dictado la siguiente sentencia.

En el recurso de suplicación número 224 de 2014 formalizado por el letrado don Ángel Tejerina Gallardo, en nombre y representación de “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, contra la sentencia de fecha 17 de octubre de 2013 dictada por el Juzgado de lo social número 15 de Madrid, en sus autos número 77 de 2013, seguidos a instancias de doña María Jesús Sáez García, frente a “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, siendo magistrado-juez ponente el ilustrísimo señor don Javier José París Marín, y deduciéndose de las actuaciones habidas lo siguiente:

Fallamos

Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por el letrado don Ángel Tejerina Gallardo, en nombre y representación de “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, contra la sentencia de fecha 17 de octubre de 2013 dictada por el Juzgado de lo social número 15 de Madrid, en sus autos número 77 de 2013, seguidos a instancias de doña María Jesús Sáez García, frente a “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido. En su consecuencia, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia. Sin costas.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2014.—La secretaria (firmado).

(03/18.963/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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