Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
01-07-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140701-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

37
Delegación de atribuciones

De conformidad con lo establecido en los artículos 53, 60 a 62 y 136 del Reglamento Orgánico Municipal, se hacen públicos los siguientes acuerdos de Junta de Gobierno Local y Alcaldía de este Ayuntamiento sobre delegación de atribuciones propias, las cuales se reproducen a continuación en su contenido integro y/o extracto:

Acuerdo 11/165, de Junta de Gobierno Local, de 18 de marzo de 2014, sobre aprobación del Convenio-Tipo de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés ­General, así como de los criterios de participación en los patrocinios privados para actividades municipales de interés general del Ayuntamiento de Móstoles

“(…).

Se propone a la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el procedimiento establecido en el criterio II del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 19 de abril de 2005, sobre criterios de coordinación de la actividad convencional del Ayuntamiento, resolver lo siguiente:

Primero.—Aprobar el Convenio-Tipo de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés General (artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre).

Segundo.—Aprobar los criterios de participación en los patrocinios privados para actividades municipales de interés general del Ayuntamiento de Móstoles, cuya vigencia, improrrogable, se extenderá desde la fecha de su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2015.

Tercero.—Delegar en los concejales coordinadores y en los concejales de Gobierno la aprobación de los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del Convenio-Tipo de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés General (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones, integrándose esta delegación en el acuerdo 3/16 de la Junta de Gobierno Local, de 22 de enero de 2013.

Cuarto.—Dar traslado de esta resolución a los interesados y a las áreas correspondientes, que figuran en al inicio de esta propuesta de resolución, para su conocimiento y efectos oportunos.

Previa deliberación de la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda aprobar la propuesta de resolución anteriormente transcrita. El documento origen de este acuerdo consta en el expediente rubricado marginalmente por la concejala-secretaria de la Junta de Gobierno Local, como fedataria”.

Decreto de la Alcaldía 1133/2014, de 19 de marzo, sobre modificación parcial de la delegación de atribuciones propias de la Alcaldía en Concejalías, en materia de formalización de los contratos de colaboración empresarial en actividades de interés general (artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo)

“(…).

Considerando que mediante acuerdo 11/165, de la Junta de Gobierno Local, se aprobó el Convenio-Tipo de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés General, así como de los criterios de participación en los patrocinios privados para actividades municipales de interés general del Ayuntamiento de Móstoles.

Considerando que en el mencionado acuerdo 11/165 se realiza delegación en los concejales coordinadores y en los concejales de Gobierno la aprobación de los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del Convenio-Tipo de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés General (artículo 25 de la Ley 49/2002) en la materia de sus competencias o atribuciones. Correspondiendo la formalización de estos convenios de colaboración al alcalde, y estando delegada por razón de eficiencia en los concejales la aprobación de los mencionados convenios de colaboración, se estima congruente y motivado que se realice igualmente la delegación de la formalización de los convenios, buscando con ello una mayor agilidad en la gestión de los mismos.

(…).

Por todo lo expuesto, vengo a resolver:

Primero.—Modificar parcialmente el decreto de Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales-delegados para el mandato 2011-2015, en el siguiente sentido:

1.1. Delegar en los concejales coordinadores y en los concejales de Gobierno la atribución propia de esta Alcaldía en la siguiente materia:

— Formalización de los convenios de patrocinio que se ajusten al contenido del Convenio-Tipo de Colaboración Empresarial en Actividades de Interés General (artículo 25 de la Ley 49/2002), en las materias objeto de sus competencias o atribuciones delegadas.

Segundo.—Integrar el presente acuerdo en el decreto de la Alcaldía 15/2013, de 10 de enero, sobre reestructuración y organización del Gobierno Municipal y modificación de las delegaciones de atribuciones, presidentes de comisiones de Pleno y de los Distritos (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 47, de 25 de febrero de 2013), donde se establecieron las delegaciones actualmente vigentes del alcalde en los concejales delegados para el mandato 2011-2015.

Tercero.—Deberá publicarse la delegación efectuada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y darse cuenta a la Junta de Gobierno Local.

Cuarto.—El alcalde podrá revocar y avocar en cualquier momento las competencias delegadas con arreglo a la legislación vigente sobre procedimiento administrativo común.

Quinto. — Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

Sexto.—Quedan derogadas expresamente todos los decretos adoptados anteriormente en cuanto a delegaciones de la Alcaldía en concejales delegados, en aquello que se opongan al presente decreto.

Séptimo.—Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como a todos los concejales coordinadores y concejales de Gobierno para que den traslado a los servicios municipales competentes.

Lo manda y firma, el alcalde-presidente, en Móstoles, a 19 de marzo de 2014.—El alcalde (firmado).—Doy fe: el titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado)”.

Móstoles, a 11 de junio de 2014.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio J. de Galdo Casado.

(03/19.397/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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