Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 152

Fecha del Boletín 
28-06-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140628-26

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

26
Procedimiento 1.414 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.414 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Alves de Freitas y doña Patricia Alves Mattioti, frente a “Pearl Beauty, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda de resolución de contrato y de reclamación de cantidad formulada por doña Patricia Alves Mattioti (doña Patricia Alves de Freitas nombre brasileño), contra “Pearl Beauty, Sociedad Limitada”, y estimando, igualmente, la demanda de despido, debo declarar y declaro con esta fecha extinguida la relación laboral que unía a las partes, condenando a la empresa demandada a abonar a la actora 3.178,04 euros en concepto de indemnización por la extinción de la relación laboral y 6.206,83 euros en concepto de salarios adeudados, más el 10 por 100 de esta última cantidad en concepto de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado.

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la suma de 300 euros en concepto de depósito.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pearl Beauty, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.258/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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