Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 149

Fecha del Boletín 
25-06-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140625-25

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

25
Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental finca

Anuncio aprobación definitiva del Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la finca sita en la Gran Vía, número 10. Expediente: 711/2013/16126.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de abril de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para la finca sita en la Gran Vía, número 10, Distrito de Centro, promovido por don Julio Vidal Areán, en representación de “Hermes, Sociedad Limitada”, Servicios Inmobiliarios y Generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—La vigencia del presente Plan Especial será de un año contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto.—Dar traslado a los interesados de este acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este Acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las ordenanzas del Plan Especial de referencia.

Normas

Régimen de usos: mediante el presente Plan Especial se posibilita la implantación del uso terciario en su clase de hospedaje, en situación del edificio exclusivo, sin perjuicio que se puedan mantener o introducir los usos complementarios permitidos por la Norma Zonal de aplicación, en este caso la Norma 1, Grado 5.o, Nivel D de usos.

Régimen de obras: dado el Nivel 1 de protección, grado Integral, del edificio, de Régimen de obras de aplicación es el establecido en el Título 4 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.

El alcance de las obras planteado en el edificio no supera lo señalado en el artículo 4.3.12 de las Normas Urbanísticas para el grado de catalogación Integral, por lo que serán objeto de precisión en la correspondiente licencia urbanística.

A efectos de las condiciones generales se estará a lo dispuesto en los títulos 6 y 7 de las Normas Urbanísticas.

Exención de plazas de aparcamiento: en aplicación de la Instrucción 1/2012 del Coordinador General de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras, de fecha 19 de enero de 2012, y conforme al artículo 7.5.8 de las Normas Urbanísticas, procede la exención total de la dotación de plazas de aparcamiento en el edificio.

Madrid, a 20 de mayo de 2014.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/3.587/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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