Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140617-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

123
Ejecución 352 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 352 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Espada Rodelgo, doña Asunción Villalba Hernández, doña Azucena Valero Prado, don José Manuel Lozano Monreal, don Juan Sánchez Gómez, doña Pilar López Richart y doña Verónica Romero Cala, frente a “Ferretería Las Alpujarras, Sociedad Limitada”, “Ideal Ferretería, Sociedad Anónima”, “Máquinas a Punto, Sociedad Anónima”, “Ferretería El Ferial, Sociedad Limitada”, “Llamas Senra, Sociedad Limitada”, y “Llasepesa, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 266.611,93 euros, se declara la insolvencia provisional parcial de la ejecutada “Ferretería El Ferial, Sociedad Limitada”, “Ideal Ferretería, Sociedad Anónima”, y “Ferretería Las Alpujarras, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrárseles nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Los testimonios de las resoluciones dictadas en el presente procedimiento a efectos de su presentación ante el Fondo de Garantía Salarial serán expedidos de oficio por este Juzgado una vez firme esta resolución.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2509/0000/00/0605/09.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ferreterías Las Alpujarras, Sociedad Limitada”, e “Ideal Ferretería, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.764/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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