Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140617-120

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

120
Procedimiento 997 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 997 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Luis Martínez Díaz, frente a “Urgepak Courier, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 25 de abril de 2014.

El anterior escrito de fecha 22 de octubre de 2013 presentado por la letrada doña Rocío Ruiz Martínez, en nombre y representación de la sociedad “Urgepak Courier, Sociedad Limitada”, únase a los autos de su razón y dese traslado a la parte actora.

Comunicada por la parte demandada que la empresa “Urgepak Courier, Sociedad Limitada”, se encuentra en situación de concurso, requiérase a la parte demandante para que en el plazo de cuatro días amplíe la demanda contra el administrador concursal, así como contra el Fondo de Garantía Salarial, aportando copias de la demanda a tal efecto y comunicando domicilio del administrador concursal.

Asimismo, acuérdese remitir oficio al Juzgado de lo mercantil número 12 de Madrid para que informe a este Juzgado sobre la posible situación de expediente de regulación de empleo en la que pudiera encontrarse la demandada “Urgepak Courier, Sociedad Limitada”.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Urgepak Courier, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/16.681/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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