Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
17-06-2014

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140617-18

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2014, de la Secretaría General Técnica, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el Acuerdo de 10 de abril de 2014, de la Comisión de Urbanismo, relativo a la solicitud de calificación urbanística para la construcción de instalaciones para explotación intensiva agropecuaria de ganado equino, en las parcelas 47 y 62 del polígono 8 del Catastro de Rústica, en el término municipal de Villanueva del Pardillo, promovido por doña Isabel Pascual Estévez (Ac. 70/14).

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de la interesada, conforme exige el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Madrid citado en el encabezamiento, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicho Acuerdo, cuyo texto íntegro se une como Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Asimismo, se comunica a la interesada que la copia de los informes que motivaron dicho Acuerdo se encuentran a su disposición en las dependencias de la Subdirección General de Régimen Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (calle Alcalá, número 16, cuarta planta, 28014 Madrid), que pueden ser retirados por la misma en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la presente publicación.

Se significa que contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 28 de mayo de 2014.—La Secretaria General Técnica, PDF (Resolución de 25 de octubre 2012), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.

ANEXO

ACUERDO DE 10 DE ABRIL DE 2014, DE LA COMISIÓN DE URBANISMO, RELATIVO A LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN URBANÍSTICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES PARA EXPLOTACIÓN INTENSIVA AGROPECUARIA DE GANADO EQUINO, EN LAS PARCELAS 47 Y 62 DEL POLÍGONO 8 DEL CATASTRO DE RÚSTICA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VILLANUEVA DEL PARDILLO, PROMOVIDO POR DOÑA ISABEL PASCUAL ESTÉVEZ

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 10 de abril de 2014, ha examinado el expediente relativo a la solicitud de calificación urbanística para la construcción de instalaciones para explotación intensiva agropecuaria de ganado equino, en las parcelas 47 y 62 del polígono 8 del Catastro de Rústica, con una superficie de 15.310 y 38.084 metros cuadrados, respectivamente, en el término municipal de Villanueva del Pardillo, promovido por doña Isabel Pascual Estévez.

En virtud del contenido del informe de fecha 3 de marzo de 2014, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,

ACUERDA

Primero

Denegar la calificación urbanística solicitada por doña Isabel Pascual Estévez, para la construcción de instalaciones para explotación intensiva agropecuaria de ganado equino, en las parcelas 47 y 62 del polígono 8 del Catastro de Rústica, con una superficie de 15.310 y 38.084 metros cuadrados, respectivamente, en el término municipal de Villanueva del Pardillo, al incumplir el artículo 9.42.1.b) de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva del Pardillo, relativo a la distancia de 250 metros a otros lugares donde se desarrollen actividades que originen presencia permanente o concentraciones de personas, al ser distancia real de unos 100-120 metros (según medición realizada) a unas viviendas de una urbanización situada en el término municipal de Villanueva de la Cañada, colindante con la parcela de referencia.

Segundo

Notificar la presente Resolución, con copia de los informes que motivaron la misma, al Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo y a la interesada, para su conocimiento y efectos.

(03/18.004/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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