Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2014

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140613-33

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2014, de la Dirección General de Estrategia y Fomento de Empleo, por la que se dispone la publicación de la notificación de requerimientos de documentación en relación con las solicitudes de inclusión de Certificados de Profesionalidad o acreditaciones parciales acumulables y su expedición, en el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables de la Comunidad de Madrid, especificadas en el Anexo adjunto, al amparo de la Orden 3681/2008, de 22 de diciembre.

Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones de requerimientos de documentación en relación con las solicitudes de inclusión de Certificados de Profesionalidad o acreditaciones parciales acumulables y su expedición, en el Registro de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables de la Comunidad de Madrid, en el domicilio de los destinatarios que se relacionan en el Anexo adjunto, y no siendo posible haber realizado esta por causas no imputables a esta Administración, procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre).

En virtud de lo anterior y en ejecución de las competencias atribuidas en el Decreto 113/2012, de 18 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, procede notificar para que en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución, se aporte al expediente la documentación requerida.

Transcurrido este plazo sin que se haya recibido documentación alguna, se dictará Resolución declarándolo desistido de su petición, procediéndose al archivo del expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 19 de mayo 2014.—El Director General de Estrategia y Fomento de Empleo, Valentín Bote Álvarez-Carrasco.

ANEXO

Número expediente. — Tipo expediente. — Nombre del interesado. — Número de DNI/DIE. — Dirección. — Documentación requerida

11836. — CP. — Amalia Ramos Rangel. — 0007257550-S. — Libertad, 1b, portal 71, 28600 Navalcarnero (Madrid). — Copia compulsada de la certificación académica emitida por el centro público, según modelo oficial del Anexo 5 de la Orden 1797/2008, de 7 de abril, en la que se refleje la evaluación obtenida en todos los módulos del Programa de Cualificación Profesional Inicial realizado.

11953. — CP. — Josué Fernando Ordóñez Torrico. — 0050354104-C. — Del Doctor Espina, 19, portal 19, tercero D, 28019 Madrid. — Copia compulsada de la certificación académica emitida por el centro público, según modelo oficial del Anexo 5 de la Orden 1797/2008, de 7 de abril, en la que se refleje la evaluación obtenida en todos los módulos del Programa de Cualificación Profesional Inicial realizado.

12772. — APA. — Ángel Eduardo Loja Vanegas. — 0050333695-N. — General Romero Basart, 95, cuarto A, 28024 Madrid. — Fotocopia del documento acreditativo en el que se refleja la evaluación positiva en los módulos correspondientes al conjunto de las Unidades de Competencia del Certificado de Profesionalidad que solicita.

(03/17.741/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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