Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
13-06-2014

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140613-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

180
Procedimiento 1.350 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.350 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Susana Huertas Pastor, frente a don Ángel Cabellos Castilla, don Antonio Sola González, don David Martínez de Castro, don Francisco Javier Sánchez Matamoros, don Ignacio Rodríguez Gimeno, don José María Bernardo Flórez, don José María Santos García, don Manuel González Gabián, don Manuel Pámpanas Peñalver, doña Sonia Martín Morales y “Schuco Ibérica, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo desestimar íntegramente la demanda interpuesta por doña Susana Huertas Pastor, contra “Schucco Iberia, Sociedad Limitada”, don José María Bernardo, doña Sonia Martín Morales, don Manuel González Gabián, don Manuel Pámpanas Peñalver, don Ignacio Rodríguez Gimeno, don David Martínez de Castro, don José María Santos García, don Francisco Javier Sánchez Matamoros y don Ángel Cabellos, y, a su tenor, previa declaración de procedencia de la extinción practicada, debo absolver libremente a los codemandados, declarando resuelta la relación laboral en fecha 16 de octubre de 2012 y consolidando la trabajadora demandante las indemnizaciones extintiva y compensadora de la falta de preaviso percibidas.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, graduado social o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, graduado social o de su representante dentro del plazo indicado.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2807/0000/60, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en la oficina del “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Princesa, número 3, primera planta, de esta capital.

Asimismo, deberá en el momento de anunciar el recurso acreditar haber consignado la suma de 300,00 euros en concepto de depósito en la cuenta 2807/0000/34, seguido del número de procedimiento (cuatro cifras) y año de incoación del mismo (dos cifras), en el mismo banco.

Por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José María Santos García, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de mayo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/16.401/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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