Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140604-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

162
Ejecución 6 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 6 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Eugenio Padilla Criollo, don José Antonio Rashuamán Carrión, don José Antonio Rodríguez Rodríguez, don Remigio Salvador Campoverde Bustamante y don Segundo Raúl Guanotasig Piarpuezan, frente a “Renovación de Edificios 2005, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la resolución de fecha 15 de abril de 2014 siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 161.273,15 euros de principal 9.676 euros de intereses y 16.127 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Renovación de Edificios 2005, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, archívense provisionalmente las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2802/0000/64/0006/14.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, Elena Mónica de Celada Pérez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Renovación de Edificios 2005, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.130/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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