Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 131

Fecha del Boletín 
04-06-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140604-129

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

129
Ejecución 129 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 129 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Adrian Mihaila y don Juan Francisco Muñoz García, frente a “Ciguel Rehabilitaciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, “Pintura Ciguel, Sociedad Limitada”, y “Pintura y Revestimientos Loza, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por importe de 1.118,29 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de la parte ejecutante la cantidad de 390,84 euros en concepto de intereses y de la letrada doña Manuela Montejo Bombín la cantidad de 343,16 euros en concepto de parte de honorarios una vez firme la presente resolución, mediante mandamiento de devolución, las cantidades resultantes de la liquidación de intereses y tasación de costas practicada, librándose al efecto los oportunos mandamientos.

Faltando por satisfacer en las presentes actuaciones la cantidad de 384,29 euros en concepto de resto de honorarios, se acuerda el embargo sobre los créditos que contra la empresa “Dragados, Sociedad Anónima”, ostenta la ejecutada “Pintura y Revestimientos Loza, Sociedad Limitada”, por relaciones comerciales mantenidas con la misma en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades por las cuales se ha despachado ejecución. A tal fin, líbrese el correspondiente oficio a la referida empresa al objeto de requerirle, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días proceda a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2516/0000/64/0129/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pintura y Revestimientos Loza, Sociedad Limitada”, “Pintura Ciguel, Sociedad Limitada”, y “Ciguel Rehabilitaciones y Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de abril de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.431/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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