Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 120

Fecha del Boletín 
22-05-2014

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140522-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Impuesto sobre bienes inmuebles 2014

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 14 de mayo de 2014, se ha aprobado el padrón del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana del año 2014. Por todo ello, se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago que la matrícula estará expuesta en el Departamento de Rentas (plaza de los Reyes de España, número 1), durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la finalización del período voluntario de pago, podrá interponer los siguientes recursos:

— Con carácter potestativo y previo a la reclamación económico-administrativa recurso de reposición, ante el órgano que dictó el acto. En este caso, no podrá promover la reclamación económico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo.

— Directamente, reclamación económico-administrativa ante la Junta Municipal de Reclamaciones Administrativas de Alcorcón, dirigida al órgano que dictó el acto.

— Cualquier otro que estime pertinente.

El plazo de ingreso en voluntaria, atendiendo al fraccionamiento acordado por decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 3 de febrero de 2014, y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 49 del día 27 de febrero de 2014, abarca los siguientes períodos de cobro:

— Primer plazo: del 1 de junio de 31 de julio de 2014.

— Segundo plazo: del 1 de octubre al 1 de diciembre de 2014.

El ingreso de las cuotas se realizará en las oficinas de los bancos y cajas de ahorro que se indican en los recibos que se enviarán a los domicilios fiscales de los obligados al pago.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Alcorcón, a 14 de mayo de 2014.—La concejala secretaria de la Junta de Gobierno Local, Laura Pontes Romero.

(02/3.464/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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