Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
02-05-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140502-31

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

31
Ejecución 295 de 2010

EDICTO

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de instrucción número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 295 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Alicia Andrés Alventosa, frente a don Francisco Moreno Candelas, doña María Evelsy Carrillo Marimón y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar a don Francisco Moreno Candelas y a doña María Evelsy Carrillo Marimón en situación de insolvencia total por importe de 4.692,40 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Emitir mandamiento de pago a cuenta de principal a favor de la ejecutante por importe de 1,97 euros, por lo que se requiere la presencia de la misma en el término de diez días, ante este Juzgado, para proceder a su abono.

c) Una vez firme la presente resolución:

Expídanse los correspondientes testimonios para la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de los ejecutados.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2505/0000/64/0295/10.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Francisco Moreno Candelas y doña María Evelsy Carrillo Marimón, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.363/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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