Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
30-04-2014

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140430-43

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2014, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se somete a información pública la ejecución y declaración de utilidad pública de las instalaciones definidas en los proyectos denominados “Adenda I y adenda II a la red de suministro de gas en el término municipal de San Lorenzo de El Escorial, Madrid”.

2012PG147

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; el artículo 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de las instalaciones de gas natural, y el artículo 86 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública el siguiente proyecto de instalaciones:

Peticionaria: “Madrileña Red de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal”, con domicilio en la calle Virgilio, número 2B, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Objeto de la petición: Construcción y declaración de utilidad pública de las instalaciones definidas en los proyectos “Adenda I y adenda II al proyecto de red de suministro de gas en el término municipal de San Lorenzo de El Escorial, Madrid”.

Características de las instalaciones: Red de distribución constituida por 1.782 metros de tubería de polietileno, de PE 160 milímetros, SDR 17,6, discurriendo 1.117 metros por el término municipal de San Lorenzo de El Escorial y 665 metros por el término municipal de El Escorial.

Presupuesto: El presupuesto de las instalaciones será de 1.298.704,95 euros.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Afecciones a fincas particulares:

1. Expropiación forzosa en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.

2. Para las canalizaciones:

2.1. Imposición de servidumbre permanente de paso, en una franja de terreno de 2 metros de ancho, a lo largo de la conducción, 1 metro a cada lado del eje de la tubería, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:

— Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a 50 centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a 2 metros a contar desde el eje de la tubería.

— Prohibición de realizar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a 5 metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración.

— Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

2.2 Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, sita en calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, edificio F4, 28016 Madrid, y presentar, por triplicado ejemplar, en dicho centro las alegaciones que considere oportunas en el plazo de treinta días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.

Madrid, a 31 de marzo de 2014.—El Director General (firmado).



(02/2.639/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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