Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140426-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

65
Ejecución 109 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 109 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María de las Mercedes García García, frente a “Gabinete Técnico Médico Jurídico, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 20 de marzo de 2014.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Dispongo: Que desestimando el incidente promovido por la actora ejecutante debía declarar y declaraba no haber lugar a la ampliación de la ejecución solicitada frente a las empresas “Sociedad de Gestión Judicial y Forense, Sociedad Limitada”, “Centro Laboral Médico Jurídico, Sociedad Limitada”, y “General de Asistencia y Servicios Laborales, Sociedad Limitada”.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de reposición, ante este Juzgado, en el plazo de tres días a contar desde su notificación.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2518/0000/64/0658/12.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Teresa Orellana Carrasco.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a las empresas “Centro Técnico Médico Jurídico, Sociedad Limitada”, y “General de Asistencia y Servicios Laborales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.671/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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