Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
23-04-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140423-233

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2

233
Procedimiento ordinario 740 de 2012

EDICTO

Doña Vicenta García-Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 740 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Araceli Gálvez Aragón, doña María Dolores Sánchez-Gabriel Sánchez-Chiquito, doña Gema García Ballesteros, don Moisés Gómez Pantoja, doña María Luisa Bueno Moya, doña Marlene Isabel Jiménez Martínez, doña María Victoria Quirós Magro, doña Sara Isabel Sánchez Camino y doña Montserrat Corrochano Heras, contra “Axom Piqueras Toledo 08, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la sentencia número 199 de 2014, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que estimando como estimo la demanda formulada por doña Araceli Gálvez Aragón, doña María Dolores Sánchez-Gabriel Sánchez-Chiquito, doña Gema García Ballesteros, don Moisés Gómez Pantoja, doña María Luisa Bueno Moya, doña Marlene Isabel Jiménez Martínez, doña María Victoria Quirós Magro, doña Sara Isabel Sánchez Camino y doña Montserrat Corrochano Heras, debo condenar y condeno a “Axom Piqueras Toledo 08, Sociedad Limitada”, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, a abonar a los trabajadores las siguientes cantidades:

1. A doña Araceli Gálvez Aragón: 1.847,46 euros.

2. A doña María Dolores Sánchez-Gabriel Sánchez-Chiquito: 1.565,77 euros.

3. A doña Gema García Ballesteros: 1.565,77 euros.

4. A don Moisés Gómez Pantoja: 1.687,68 euros.

5. A doña María Luisa Bueno Moya: 1.535,88 euros.

6. A doña Marlene Isabel Jiménez Martínez: 1.281,36 euros.

7. A doña María Victoria Quirós Magro: 1.957,99 euros.

8. A doña Sara Isabel Sánchez Camino: 1.281,36 euros.

9. A doña Montserrat Corrochano Heras: 1.967,99 euros.

Estas cantidades habrán de ser incrementadas con el 10 por 100 de mora.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Axom Piqueras Toledo 08, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 3 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.360/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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