Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 94

Fecha del Boletín 
22-04-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140422-198

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

198
Procedimiento 1.446 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.446 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Stefanita Alin Dina, frente a “Deca Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 101 de 2014

En Madrid, a 11 de marzo de 2014.—Vistos en juicio oral y público por doña Gloria Rodríguez Barroso, magistrada-juez, en refuerzo del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, los presentes autos con el número 1.446 de 2012, procedimiento ordinario (reclamación de cantidad), seguido a instancias de doña Stefanita Alin Dina, asistida por el letrado don Antonio García Stuyck, frente a “Deca Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, que no comparece, se procede, por la autoridad conferida en la Constitución, que dimana del pueblo español, a dictar la presente resolución.

En nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Se estima la demanda formulada por doña Stefanita Alin Dina, frente a “Deca Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, condenando a la demandada a satisfacer a la actora el importe de 1.380 euros netos, por parte de veinticinco días de noviembre de 2011 y paga extraordinaria de diciembre de 2011. Puede incrementarse con el 10 por 100 anual de mora.

Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a autos, y hágase saber a las partes que, de conformidad con el artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Se acuerda notificar esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de su firmeza.

Por esta sentencia, definitivamente juzgando, se pronuncia, establece y firma.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Deca Obras y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de marzo de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(03/10.199/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140422-198