Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2014

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140410-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE TRANSPORTES, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

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RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2014, de la Dirección General de Transportes, por la que se aprueban las tarifas de la estación de autobuses de San Lorenzo de El Escorial.

Por Resolución de la Dirección General de Transportes de 23 de julio de 1999 se aprobó el Reglamento de Explotación de la estación de autobuses de San Lorenzo de El Escorial, determinándose en su artículo cuarto que las tarifas de aplicación serían fijadas previa aprobación de la Dirección General de Transportes de la Comunidad de Madrid, conforme a lo previsto en el contrato de concesión y en el Pliego de Cláusulas Administrativas que rigen la explotación de la estación.

Es por ello que, previo acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial en la sesión celebrada el 29 de noviembre de 2013, y con el fin de no alterar el equilibrio económico financiero de la concesión, se ha aceptado la modificación de los cánones tarifarios en la cuantía mínima imprescindible para compensar la variación del Índice de Precios al Consumo.

En virtud de lo expuesto, esta Dirección General de Transportes, en uso de sus atribuciones,

HA RESUELTO

Primero

La aprobación de las siguientes tarifas a percibir por “Estación de Autobuses de San Lorenzo de El Escorial, Sociedad Anónima”, quedando sin efecto las tarifas fijadas con fecha 5 de febrero de 2013:

a) Servicios turísticos: 13,17 euros, más IVA por estacionamiento diario.

b) Servicios regulares: 0,0439 euros, más IVA por viajero.

c) Servicio nocturno de guardería: 26,35 euros, más IVA/bus/noche.

d) Servicio de consigna de equipajes: 1,77 euros, más IVA por maleta o bulto y día.

Todas estas tarifas tienen el carácter de máximas.

Madrid, a 24 de marzo de 2014.—El Director General de Transportes, Federico Jiménez de Parga Maseda.

(03/11.319/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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