Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140410-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Abonaré de expedientes sancionadores

Intentada la notificación, prevista en los artículo 58.1 y 59 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la liquidación correspondiente a la sanción por infracción urbanística impuesta por la autoridad competente en cada uno de los procedimientos cuyo número y situación se relacionan en el siguiente anexo sin que la misma haya podido practicarse por causas no imputables a esta administración, por el presente anuncio se emplaza a los interesados que se citan para que dentro del plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID comparezcan, en horario de nueve a trece, de lunes a viernes, en este Servicio de Disciplina Urbanística de la Dirección General de Control de la Edificación del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Ribera del Sena, número 21, de Madrid, con el fin de hacerles entrega del abonaré cuyo número identificador se indica emitido para el pago de la multa. Transcurrido dicho plazo sin comparecer, se entenderá producida la notificación de la liquidación citada a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del mismo. Todo ello al amparo de lo previsto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y los artículos 60 y 61 de la citada Ley 30/1992.

— El director general de Control de Edificación ha dictado resolución de expediente sancionador número 711/2011/20974, contra “Iglesia Evangélica de Philadelphia”, con CIF Q-0700015-A, con fecha de 26 de diciembre de 2011 y número de identificador de abonaré 34714044800090001, por la comisión de una infracción urbanística prevista en los artículos 201 y 229.2 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, por la realización de obras en el camino del Esparragal, sin número, carretera Vicálvaro a Coslada, número 35, sin licencia o no ajustadas a la misma, por lo que se impone una multa de 3.108,86 euros.

Madrid, a 27 de marzo de 2014.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/1.065/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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