Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
10-04-2014

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140410-53

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA

OFERTAS DE EMPLEO

53
Resolución proceso selectivo

Concluidas las pruebas de funcionarización de las siguientes plazas de personal laboral del Ayuntamiento de Chapinería, Madrid:

— Plaza de arquitecto:

Clasificación:

• Escala: administración especial.

• Subescala: técnica.

• Grupo: A1.

• Número de plazas: 1

— Plaza de auxiliar administrativo:

Clasificación:

• Escala: administración general.

• Subescala: auxiliar.

• Grupo: C2.

• Número de plazas: 1.

— Plaza de ayudante de Biblioteca:

Clasificación:

• Escala: administración especial.

• Subescala: técnica.

• Grupo: A2.

• Número de plazas: 1.

— Plaza de peón de oficios varios:

Clasificación:

• Escala: administración especial.

• Subescala: servicios especiales.

• Grupo: OAP.

• Número de plazas: 1.

— Plaza de técnico AEDL:

Clasificación:

• Administración general.

• Subescala: técnica.

• Grupo: A1.

• Número de plazas: 1.

La relación de opositores aprobados propuestos por el Tribunal Calificador según acta de 17 de marzo de 2014, para cada una de las plazas es la siguiente:



Lo que se pone de manifiesto a los efectos del artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, para que en el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación de la lista definitiva de aprobados, presenten estos los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Asimismo, se comunica que quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

En Chapinería, a 27 de marzo de 2014.—El alcalde, Ángel Luis Fernández Robles.

(03/10.426/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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