Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2014

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140327-25

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

25
Proyecto reparcelación

Expediente: 711/2013/14.418.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 20 de febrero de 2014, ha adoptado el siguiente acuerdo:

«Primero.—Estimar la alegación formulada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y desestimar totalmente la alegación presentada por don Clemente Torres Palomo y doña Milagros García Mercado, en la forma y términos que se recoge en el informe emitido por el Departamento de Gestión Zona 1 de la Subdirección General de Promoción de Suelo, con fecha de 6 de febrero de 2014.

Segundo.—Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 174.5 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, la operación jurídica complementaria al proyecto de reparcelación correspondiente al Área de Planeamiento Remitido 08.01 “Calle Cantalejos”».

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer contra la misma recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la notificación o publicación de la presente sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportunos deducir.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, a 24 de febrero de 2014.—La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

(02/1.819/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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