Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140327-265

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 17

265
Procedimiento 148 de 2013

EDICTO

En los autos número 148 de 2013 seguidos en este Juzgado, a instancias de don Carlos Cano Caparrós, contra “Otur Almacenaje y Distribución, Sociedad Limitada”, don Julio Infante Plaza, Fondo de Garantía Salarial y ministerio fiscal, en materia social, se ha dictado auto de fecha 12 de noviembre de 2013.

Contra dicha resolución puede interponerse, ante este Juzgado, recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente día de la fecha de la publicación del presente edicto con los requisitos y advertencias legales que constan en la sentencia que se le notifica, de la cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado, sito en ronda de Sant Pere, número 41, sexta planta, de Barcelona.

A fin de que sirva de notificación a “Otur Almacenaje y Distribución, Sociedad Limitada”, y don Julio Infante Plaza, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula de la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deben revestir la forma de auto, sentencia o decreto, cuando pongan fin al proceso o resuelva un índice, o cuando se trate de un emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Barcelona, a 5 de febrero de 2014.—La secretaria judicial, Rosa María Gañalons Benavent.

(03/7.434/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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