Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140327-79

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

79
Procedimiento 813 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 813 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ibermutuamur”, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 384 de 2013

En Madrid, a 15 de octubre de 2013.—Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, los autos sobre Seguridad Social seguidos con el número 813 de 2012, a instancias de “Ibermutuamur”, representada por el letrado señor Berzosa Revilla, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representados por la letrada señora García-Denche Camacho, y contra don Víctor Ángel Isla Calderón, que no ha comparecido.

Por todo lo expuesto, vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda presentada por “Ibermutuamur”, contra don Víctor Ángel Isla Calderón, debo declarar y declaro el carácter indebido del subsidio de incapacidad percibido por el demandado en el período 16 a 27 de junio de 2010, condenando a don Víctor Ángel Isla Calderón a abonar a la actora la cantidad de 385,44 euros, y todo ello con absolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social.

Notifíquese esta resolución a las partes con entrega de copia, advirtiéndoseles que visto el importe de lo reclamado, contra esta sentencia no cabe recurso alguno (artículo 191 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Víctor Ángel Isla Calderón, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.322/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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