Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2014

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140326-101

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55

101
Juicio verbal 1.033 de 2012

EDICTO

En el juicio verbal número 1.033 de 2012, seguido en el Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid, a instancias de “Santander, Sociedad Anónima”, contra “Adarga Suministros y Servicios, Sociedad Anónima”, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Habiendo visto la ilustrísima señora magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid, doña María del Mar Cabrejas Guijarro, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el número 1.033 de 2012, a instancias del procurador don Manuel Lanchares, en nombre y representación de “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, contra “Adarga Suministros y Servicios, Sociedad Anónima”, dicta la presente a partir de los siguientes:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don Manuel Lanchares, en nombre y representación de “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, contra “Adarga Suministros y Servicios, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la demandada a pagar al actor la suma de 3.166,27 euros, así como los intereses pactados, todo ello condenando a la parte demandada al pago de las costas causadas.

En virtud de lo acordado en los autos número 1.033 de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Adarga Suministros y Servicios, Sociedad Anónima”, la sentencia dictada con fecha 21 de marzo de 2013.

En Madrid, a 21 de febrero de 2014.—El secretario judicial (firmado).

(02/1.707/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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