Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 72

Fecha del Boletín 
26-03-2014

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140326-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

URBANISMO

73
Solicitud y aprobación inicial Plan Especial

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Móstoles, en sesión celebrada el 4 de marzo de 2014, adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Admitir a trámite la solicitud y aprobar inicialmente el documento del Plan Especial para la segregación de la parcela situada en la calle San Juan, número 6, de la urbanización “Parque Guadarrama”, en Móstoles (Madrid). Expediente U/005/PLA/2013/09.

Segundo.—Apertura del trámite de información pública por plazo de un mes, durante el cual se podrá consultar el documento en el Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo, calle Independencia, número 12, sexta planta.

Inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los periódicos de mayor difusión.

Asimismo, en orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 del RMPA, deberá publicarse en los tablones de edictos de la Casa Consistorial, de las Juntas de Distrito, de los Organismos Autónomos y en la web municipal, así como notificación individualizada a los propietarios.

Tercero.—Según lo dispuesto en los artículos 70.4 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y 120 del Reglamento de Planeamiento, la aprobación inicial del Plan Especial determinará la suspensión de otorgamiento de licencia en aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supongan modificación del régimen urbanístico vigente.

Cuarto.—El documento de aprobación definitiva deberá presentarse visado (cinco ejemplares) por el colegio técnico profesional competente y firmado por la propiedad y el técnico redactor. Se entregará, asimismo, archivo informático en formato PDF del documento definitivo. El documento para aprobación definitiva deberá subsanar los siguientes errores materiales:

— Página 8, en el cuadro de edificabilidad cambiar porcentaje por m2/m2.

— Página 10, en el cuadro de la parcela 1 A, respecto a los retranqueos: 3 metros a todos los linderos salvo edificación existente.

— En los planos 04 y 06 suprimir que se permiten adosamientos.

— En el plano 05 cambiar que se permiten adosamientos por “salvo edificación existente”.

Móstoles, a 10 de marzo de 2014.—El concejal de Urbanismo y Medio Ambiente, Jesús Pato Ballesteros.

(02/1.892/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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