Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140306-225

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

225
Ejecución 271 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 271 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lorena Ruiz Díaz, frente a “Moma 56, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto aprobando la liquidación de intereses, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se aprueba la liquidación de intereses practicada por la suma de 54,25 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición las cantidades resultante de la liquidación de intereses practicada, librándose al efecto el oportuno mandamiento.

Existiendo un sobrante de 795,75 euros, requiérase al letrado de la parte ejecutante para que presente minuta detallada para la tasación de costas en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de que de no verificarlo en el citado plazo se devolverá dicha cantidad a la empresa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y verificando el cobro de cantidades, procédase al archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2510/0000/64/0271/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Moma 56, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de febrero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.886/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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