Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2014

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140305-89

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

OTROS ANUNCIOS

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Expedientes retirada vehículos

Por este Ayuntamiento se tramitan expedientes para la retirada de la vía pública y depósito en instalaciones “Desguaces El Rubio” (convenio de fecha 27 de febrero de 2013) de los vehículos que se detallan a continuación, con signos evidentes de abandono y que han permanecido estacionados por un período superior a un mes en el mismo lugar.

Número expediente. — Vehículo/marca/modelo. — Matrícula. — Color. — Propietario. — Domicilio. — Lugar de abandono

28.01.50/2014/0001. — “Ford” Mondeo. — 6337-BNV. — Blanco. — Paulo Jorge Samora Correia Monteiro. — Piedras Vivas, 163, Villanueva de la Cañada (28692 Madrid). — Castillo de Gomar, 1.

28.01.50/2014/0002. — “Rover” 827 SI. — M-5600-UJ. — Blanco. — Wilson Rafael Rocha Cumbal. — Travesía de Peligros, 1, primero A, Villanueva de la Cañada (28691 Madrid). — Eras de Móstoles, 4.

28.01.50/2014/0003. — “Seat” Ibiza 1.4. — M-4110-TB. — Azul. — Sánchez Brea, Sociedad Limitada. — La Marroquina, 108, 28030 Madrid. — Plaza Tejera, sin número.

No habiéndose podido notificar a sus propietarios, según la dirección que consta en la base de datos de la Jefatura Provincial de Tráfico, se efectúa dicha notificación a través del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, haciéndoles saber que, de no presentarse en quince días a retirarlo, serán trasladados al depósito referido y que, con carácter previo a la retirada del citado vehículo de dicho depósito, deberán abonar la tasa de recogida complementada con la cuota correspondiente a su custodia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 agosto de 2012). Transcurrido un mes desde su retirada al depósito sin que se hayan presentado sus titulares con el ánimo de retirarlos, serán considerados y declarados Residuo Urbano (artículo 86 del Real Decreto-Ley 339/1990, de 2 de marzo).

En Villanueva de la Cañada, a 6 de febrero de 2014.—El alcalde, Luis M. Partida Brunete.

(02/964/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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