Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140305-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

117
Procedimiento ordinario 980 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 980 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Florin Irinel Rohat, frente a “Pai Construcciones, Sociedad Limitada”, y “Reforca Reformas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 22 de 2014

En Madrid, a 20 de enero de 2014.—Vistos por mí, doña Carmen Durán de Porras, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, los presentes autos sobre reclamación de cantidad, seguidos con el número 980 de 2013, instados por don Florin Irinel Rohat, asistido por el letrado señor Aparicio Sánchez, contra “Pai Construcciones, Sociedad Anónima”, representada por la letrada señora Bermejo Elcano, y contra “Reforca Reformas, Sociedad Limitada”, que no ha comparecido, habiéndose dado intervención al Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que estimando la demanda que en materia de reclamación de cantidad ha interpuesto don Florin Irinel Rohat, contra “Reforca Reformas, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone al actor la cantidad de 4.946,36 euros junto con el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, declarando la responsabilidad solidaria de “Construcciones Pai, Sociedad Anónima”, hasta el límite de 4.424,36 euros, y todo ello con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia, advirtiéndoseles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la presente resolución, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo social.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Reforca Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de enero de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.488/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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