Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2014

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140115-149

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

149
Ejecución 58 de 2012

EDICTO

Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 58 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Martín Hernández, contra la empresa “Estructuras Hurdorense, Sociedad Limitada”, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Rosario de Andrés Herrero.—En Guadalajara, a 12 de noviembre de 2013.

Por el Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara, en la ejecución de títulos judiciales número 214 de 2012, se ha declarado la insolvencia total de “Estructuras Hurdorense, Sociedad Limitada”, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecución la suma de 11.000 euros de principal y 1.100 euros en concepto de intereses y costas, y no habiendo encontrado bienes suficientes, y de conformidad al artículo 276.1 de la Ley de la Jurisdicción Social, acuerdo dar audiencia a don Raúl Martín Hernández y al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecución, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución, haciéndoles saber que si en dicho plazo no hiciese manifestación alguna se procederá a dictar decreto de insolvencia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estructuras Hurdorense, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 12 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.392/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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