Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2014

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140110-165

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

165
Ejecución 169 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 169 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Daniel Marini, frente a “U Más Atrés Consulting, Sociedad Limitada Profesional”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 11 de septiembre de 2013 siguientes:

Auto

Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación a favor de la parte ejecutante don Alejandro Daniel Marini, frente a la demandada “U Más Atrés Consulting, Sociedad Limitada Profesional”, parte ejecutada, por un principal de 21.623,12 euros, más intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/1424/11.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.

Decreto

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: La “Cuenta de consignaciones” del órgano judicial a efectos de pago será la número 2803/0000/64/1424/11, debiendo indicar en el campo “Concepto de pago”, “Banco cuenta consignaciones”.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en diez días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/1424/11.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “U Más Atrés Consulting, Sociedad Limitada Profesional”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/40.702/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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