Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
02-01-2014

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140102-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

93
Procedimiento ordinario 1.346 de 2010

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en la ejecución número 314 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguida a instancias de don Juan Carlos Gutiérrez Dillana, frente a “Netel y Pro, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 4 de diciembre de 2013 del tenor literal siguiente:

Únase oficio de la Guardia Civil de Boiro, informando del precinto del vehículo matrícula PO-9618-AY, embargado en este procedimiento. Se acuerda sacar a la venta en pública subasta dicho vehículo, señalándose para que la misma tenga lugar en la sede de este Juzgado el día 24 de enero de 2014, a las diez y treinta horas.

Anúnciese por medio de edicto que con los requisitos establecidos en el artículo 646, párrafo primero, de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, y con un plazo de antelación de veinte días se fijará en el sitio público de costumbre de este Juzgado.

Asimismo, publíquese por medio de edictos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” con el número 2851 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Netel y Pro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 4 de diciembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.007/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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