Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131228-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27

109
Ejecución 207 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 207 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elisabet Lendínez Carrillo, don Javier Saiz López, don Javier San Segundo Guerra, don José Antonio Segura Sánchez, don Luis Ángel Muñoz Fernández, don Manuel Ardila Barea, doña María Adalid Carriqui, doña María de la Cruz Blanco del Río, doña María Luisa García Hervías, doña Ovidia Fernández Sánchez, doña Patricia Adalid Carriqui, don Pedro Merino Gómez y doña Sara López Fernández, frente a “Autoescuelas Oromar-Ta, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Ovidia Fernández Sánchez, doña Sara López Fernández, don Javier Saiz López, don Manuel Ardila Barea, doña Patricia Adalid Carriqui, don Javier San Segundo Guerra, don Luis Ángel Muñoz Fernández, doña María Adalid Carriqui, doña María de la Cruz Blanco del Río, don José Antonio Segura Sánchez, doña María Luisa García Hervías, don Pedro Merino Gómez y doña Elisabet Lendínez Carrillo, frente a la demandada “Autoescuelas Oromar-Ta, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 108.771,42 euros, más 6.526 euros y 10.877 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución seguida en el Juzgado de lo social número 4 con el número 103 de 2013, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de cinco días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Autoescuelas Oromar-Ta, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.531/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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