Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131228-89

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

89
Procedimiento ordinario 497 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 497 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Elizalde Briz, frente a don Leopoldo José Vizoso Martín, “Birka Corporación Tecnológica, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, “Grupo Marzo” y “Marzo Bussines Associates, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 450 de 2013

En Madrid, a 18 de noviembre de 2013.—Vistos por mí, doña Ana Fernández Valentí, magistrada-juez en comisión de servicios en los Juzgados de lo social de Madrid, asignada al Juzgado de lo social número 14 de Madrid, por el Plan de refuerzo de dichos Juzgados aprobado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los presentes autos del orden social de la jurisdicción en materia de cantidad, entre las siguientes partes: don Fernando Elizalde Briz, como demandante, asistido por el letrado don Daniel Martín García, colegiado número 66.228, y como demandados, “Birka Corporación Tecnológica, Sociedad Anónima”, “Marzo Bussines Associates, Sociedad Limitada”, “Grupo Marzo”, don Leopoldo José Vizoso Martín y Fondo de Garantía Salarial, que citados no comparecen, se procede a dictar sentencia sobre la base del siguiente

Fallo

Estimo la demanda y condeno a “Marzo Bussines Associates, Sociedad Limitada”, y a don Leopoldo José Vizoso Martín, de manera solidaria, a abonar a don Fernando Elizalde Briz la cantidad de 4.435,14 euros, con más 337,71 euros en concepto del 10 por 100 de interés anual por mora. Absuelvo de la demanda a “Birka Corporación Tecnológica, Sociedad Anónima”.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Madrid, el cual, en su caso, deberá ser anunciado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, bastando para ello la mera manifestación en tal sentido de la parte o de su abogado, graduado social o de su representante en el momento de hacerle la notificación, o por medio de escrito o comparecencia. En el caso de que la recurrente fuera la empresa demandada, deberá acreditar al tiempo de anunciar el recurso haber ingresado en la cuenta corriente de este Juzgado en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta 2512/65/0000/0497/13, la cantidad total objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento, en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista. De igual modo, todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social intente interponer recurso de suplicación, deberá acreditar, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado en la indicada cuenta como depósito la cantidad de 300 euros.

Asimismo, el recurrente deberá abonar las tasas a las que venga obligado en virtud de lo dispuesto por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Leopoldo José Vizoso Martín, “Grupo Marzo” y “Marzo Bussines Associates, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.395/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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