Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2013

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131226-64

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES

RÉGIMEN ECONÓMICO

64
Presupuesto general 2014

En la Secretaría General de esta Entidad Local y conforme disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones el presupuesto general para el ejercicio 2014, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2013, presupuesto que se considerará definitivamente aprobado si no se presentan reclamaciones durante el plazo de exposición pública, y que está integrado por:

— El presupuesto del Ayuntamiento de Móstoles, con un total en su estado de gastos y de ingresos de 182.018.327 euros.

— El presupuesto de los organismos autónomos, Patronato Municipal de Escuelas Infantiles, con un total, tanto en su estado de ingresos como de gastos, de 3.299.213 euros, y Gerencia Municipal de Urbanismo, con un total, tanto en su estado de ingresos como de gastos, de 3.255.569 euros.

Los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades anónimas de carácter íntegramente municipal:

— Instituto Municipal del Suelo, Sociedad Anónima, suma 40.322.429 euros en su previsión de gastos y de ingresos.

— Empresa Municipal de Promoción Económica, Sociedad Anónima, suma 2.723.000 euros en su previsión de gastos y en su previsión de ingresos.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Móstoles, a 20 de diciembre de 2013.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/41.482/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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