Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131025-202

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

202
Procedimiento ordinario 1.331 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.331 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Alicia Martos Obispo, frente a don Víctor Montero Cabrera y “Sastrería a Medida, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por doña María Alicia Martos Obispo, contra “Sastrería a Medida, Sociedad Limitada”, su administrador concursal (don Víctor Montero Cabrera) y Fondo de Garantía Salarial, en su virtud, condenar a dicha mercantil a que le satisfaga el importe de 505,83 euros por los conceptos de la demanda.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sastrería a Medida, Sociedad Limitada”, y don Víctor Montero Cabrera (administrador concursal), en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de septiembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/31.538/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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