Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
11-10-2013

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131011-126

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

COLEGIO PROFESIONAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MADRID

126
Expediente disciplinario

Este Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid pone en conocimiento del colegiado número 3210, don José Luis Cartón Gutiérrez, que por el instructor del expediente disciplinario que se le ha incoado, don Juan Resino Gonzalo, según designación efectuada por acuerdo de la Junta de Gobierno de 4 de junio de 2013 (Acta 374) y habiendo visto los antecedentes facilitados por la Sección de Disciplina de Colegiados, como consecuencia de las denuncias formuladas por las siguientes comunidades de propietarios y de propiedades administradas en régimen de propiedad vertical:

— Comunidad de propietarios de la calle Melchor Fernández Almagro, número 35, Madrid.

— Comunidad de propietarios de la calle Joaquín María López, número 44, Madrid.

— Propiedad vertical. Denunciante, don Carlos Manrique Muñoz. Varios inmuebles.

— Propiedad vertical. Denunciante, doña Elena Méndez Maroto. Un inmueble.

— Propiedad vertical. Denunciante, don Francisco Nieto Baratas. Un inmueble.

— Comunidad de propietarios de la calle Orense, número 51, Madrid.

— Comunidad de propietarios de la calle Estudios, número 3, Madrid.

— Comunidad de propietarios de la calle Atocha, número 97, Madrid.

— Comunidad de propietarios de la calle Guzmán el Bueno, número 15, Madrid.

— Comunidad de propietarios de la calle Lope de Rueda, número 47, Madrid.

— Propiedad vertical. Denunciante, don Paulino Magro Martín. Dos sociedades.

— Propiedad vertical. Denunciante, doña Pilar Victoria Rodríguez Arroyo. Varios inmuebles.

— Propiedad vertical. Denunciante, don Juan Suero Borrego. Varios inmuebles.

— Propiedad vertical. Denunciante, don Narciso López Núñez. Un inmueble.

Considerando que pudieran ser constitutivos de sanción disciplinaria en base a lo previsto en los vigentes Estatutos y Reglamento de Régimen Disciplinario se le han formulado los siguientes cargos:

1. Artículo 34.1.B) de los Estatutos y artículo 7.1.B) del Reglamento “Abandono manifiesto de una comunidad de propietarios ocasionando daños y perjuicios a la misma”.

2. Artículo 34.2.J) de los Estatutos y artículo 7.2.A) del Reglamento “El incumplimiento de los deberes u obligaciones profesionales, salvo causa que lo justifique, cuando por causa del mismo se deriven perjuicios a los clientes o se menoscabe el prestigio y dignidad profesional”.

3. Artículo 34.2.K) de los Estatutos y artículo 7.2.B) del Reglamento “Retener la documentación no contable que ha de mantener en custodia a disposición de sus administrados, al cesar en el desempeño de sus funciones”.

4. Artículo 34.2.L) de los Estatutos y artículo 7.2.C) del Reglamento “Retrasar la confección de la correspondiente liquidación de cuentas al cese de su cargo, después de transcurridos cuarenta y cinco días desde la fecha en que se llevara a cabo dicho cese”.

5. Artículo 34.2.Ñ) de los Estatutos y artículo 7.2.F) del Reglamento “Desviación de fondos comunitarios en actuaciones profesionales”.

Se le concede la preceptiva audiencia para que pueda examinar el expediente, pudiendo alegar en su defensa o descargo, cuando convenga a sus intereses, por escrito, en el plazo de quince días, contados a partir de la notificación de esta resolución, aportando los medios probatorios oportunos.

Asimismo, se le comunica que, de no designar otro defensor en el plazo de cinco días, se designará uno de oficio.

Madrid, a 9 de septiembre de 2013.—Firmado.

(02/6.898/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS

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