Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 209

Fecha del Boletín 
03-09-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130903-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

98
Procedimiento 527 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 527 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emeterio García Portela, frente a don Cipriano Pliego Vélez, “Instalaciones Castellar, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Eléctricas Pliego, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 272 de 2013):

Fallo

Que debo dictar sentencia con los siguientes pronunciamientos:

1. Que debo estimar la demanda por despido improcedente interpuesta por don Emeterio García Portela, contra “Instalaciones Castellar, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Eléctricas Pliego, Sociedad Limitada”, y debo declarar y declaro la improcedencia del despido de fecha 14 de marzo de 2013 del que el demandante fue objeto, condenando solidariamente a las demandadas “Instalaciones Castellar, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Eléctricas Pliego, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por esta declaración, así como a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia opten entre la readmisión del trabajador o abonarle una indemnización de 3.193,94 euros, conforme lo establecido en el fundamento de derecho quinto. Se advierte a las empresas demandadas que de no optar por la indemnización lo hacen por la readmisión. Si se produjese la readmisión se deberán abonar los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha de notificación de la presente resolución, en la cuantía de 45,14 euros por día.

2. Que debo estimar parcialmente la reclamación de cantidad interpuesta por don Emeterio García Portela, contra “Instalaciones Castellar, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Eléctricas Pliego, Sociedad Limitada”, condenando solidariamente a las demandadas “Instalaciones Castellar, Sociedad Limitada”, e “Instalaciones Eléctricas Pliego, Sociedad Limitada”, a abonar a don Emeterio García Portela la cantidad de 908,08 euros brutos por los conceptos que se detallan en el hecho probado quinto.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Cipriano Pliego Vélez e “Instalaciones Eléctricas Pliego, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 29 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.095/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130903-98