Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2013

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-34

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

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RESOLUCIÓN 2442/2013, de 15 de julio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se acuerda la notificación de la Resolución sancionadora 1865/2013, de 14 de mayo, por medio de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Intentada, sin efecto, la notificación en el domicilio del interesado de la Resolución que a continuación se relaciona, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se resuelve practicar dicha notificación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Asimismo, se procede a la inserción del anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del interesado.

Al amparo de lo establecido en el artículo 61 de la precitada Ley, para conocer el contenido íntegro de la Resolución, el interesado podrá acudir a la Subdirección General de Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo de la Consejería de Asuntos Sociales, sita en la calle O’Donnell, número 50, planta baja, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, previa petición de cita a través de los teléfonos 913 925 261 y 913 925 711, durante un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO

Interesado. — Número de expediente

Asunción Mateo Martín. — 08-SN-3.0/2013.

Madrid, a 15 de julio de 2013.—La Secretaria General Técnica, Rosario Jiménez Santiago.

(03/25.720/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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