Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

194
Ejecución 107 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, el secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 107 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio García Peralbo, don David Llorente Cantero, doña Daysi Peredas Rala, don Mariano Belinchón Cordón, don Óscar Carrasco Sancho y don Rafael Esteban Quintela, frente a “Restaurantes y Mesones La Parrilla, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 9 de julio de 2013.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el auto de ejecución de fecha 6 de mayo de 2013, consistente en lo siguiente:

«Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Rafael Esteban Quintela, don Óscar Carrasco Sancho, doña Daysi Peredas Rala, don David Llorente Cantero, don Antonio García Peralbo y don Mariano Belinchón Cordón, frente a “Restaurantes y Mesones La Parrilla, Sociedad Limitada”.

Igualmente procede alzar todas las trabas y embargos acordados en su día frente a “Fogones y Parrilla de Madrid, Sociedad Limitada”.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Henar Merino Senovilla.»

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Restaurantes y Mesones La Parrilla, Sociedad Limitada”, y “Fogones y Parrilla de Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de junio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.383/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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