Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130807-119

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

119
Procedimiento 925 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 925 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Maholy del Carmen Batista Rodríguez, frente a “Hoteles Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”, despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 198 de 2013

En Madrid, a 30 de mayo de 2013.—Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido por extinción por causas objetivas a instancias de doña Maholy del Carmen Batista Rodríguez, frente a la empresa “Hoteles Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”. Ha sido llamado el Fondo de Garantía Salarial.

Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación al caso,

Fallo

Primero. Que estimando en parte las pretensiones de la acción de despido y, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial, en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, califico como improcedente la extinción contractual objeto de este proceso, tengo por hecha en esta sentencia la opción favorable a la indemnización, con extinción de la relación laboral en la fecha de cese en el trabajo (6 de julio de 2012), y condeno a la empresa “Hoteles Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”, a abonar a doña Maholy del Carmen Batista Rodríguez una indemnización de 2.067,42 euros.

Segundo. Que estimando en parte las pretensiones relativas a la acción ordinaria de reclamación de cantidad y, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda derivarse hacia el Fondo de Garantía Salarial, en los supuestos y con los límites establecidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, condeno a la empresa “Hoteles Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”, a abonar a doña Maholy del Carmen Batista Rodríguez la cantidad de 5.291,77 euros.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte condenada que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso, efectuado en “Fondos de anticipos reintegrables sobre sentencia recurrida” de la cantidad objeto de la condena, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/34 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, o bien presente aval bancario de su importe, y dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso deberá presentar también resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300 euros, efectuado en la misma sucursal bancaria y con indicación de los mismos datos referidos anteriormente. El incumplimiento de estos requisitos dará lugar a que se tenga a dicha parte por desistida del recurso anunciado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma al administrador don Gonzalo López Giraldo y “Hoteles Mesoneros Romanos, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de junio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.314/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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