Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 162

Fecha del Boletín 
10-07-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130710-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 91

128
Juicio verbal 1.718 de 2012

EDICTO

Que en el Juzgado de primera instancia número 91 de Madrid en fecha 21 de mayo de 2013 se ha dictado sentencia por el ilustrísimo magistrada-juez de este Juzgado don Eduardo Corral Corral, contra la que no cabe recurso, y cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 21 de mayo de 2013.—Vistos por el señor don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 91 de esta localidad, los autos de juicio declarativo verbal número 1.718 de 2012, seguidos a instancias de la mercantil “FCE Bank PLC, Sucursal en España, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña Pilar Martín Chillarón y asistida por el letrado don Álvaro Puga Bustos, contra don Darwin Giovanny Mena Criollo y don Javier Arturo Parrales Parrales, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la mercantil “FCE Bank PLC, Sucursal en España, Sociedad Anónima”, contra don Darwin Giovanny Mena Criollo y don Javier Arturo Parrales Parrales, ambos en rebeldía en las presentes actuaciones, debo condenar y condeno a los citados demandados a abonar de forma solidaria a la actora la cantidad de 2.867,25 euros, cantidad que devengará el interés moratorio pactado, consistente en dos veces y media veces el interés legal del dinero legalmente establecido para cada año desde la fecha de liquidación de saldo (29 de mayo de 2012), ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Encontrándose la demandada doña Luz Enelia Sandoval Galindez en ignorado paradero, sirva la presente para su notificación en forma.

En Madrid, a 21 de mayo de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.817/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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